GUTIERREZ, FRANCO JULIAN c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo declaró inapelable la sentencia de primera instancia y confirmó la reducción de los honorarios del perito médico.
Accidente
- Ley Especial
¿Qué se resolvió?
La Cámara declaró inapelables los recursos interpuestos por las partes, ya que el monto reclamado no superaba el límite mínimo para recurrir. En cuanto a los honorarios del perito médico, también se declaró mal concedido el recurso interpuesto. Las costas fueron impuestas en el orden causado.
Los fundamentos principales de la decisión fueron:
- Conforme al art. 106 de la Ley Orgánica, son inapelables las sentencias y resoluciones cuando el valor cuestionado no supera las 300 veces el importe del derecho fijo previsto en la ley 23.187. En este caso, el monto reclamado era de $64.948,81, lo que no alcanzaba el mínimo de $90.000 vigente al momento de conceder el recurso.
- Para analizar la apelabilidad, no se deben incluir los intereses accesorios a la condena.
- Respecto a la apelación de los honorarios del perito médico, también rige el art. 107 de la Ley Orgánica, por lo que al ser el monto de la demanda inferior a $90.000, el recurso también fue mal concedido.
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