PELLONI, IRIS NOEMI c/ NAI INTERNATIONAL II INC SUC ARGENTINA s/DESPIDO
La demandada apeló la sentencia de primera instancia, pero el tribunal declaró mal concedido el recurso de apelación al considerar que el valor cuestionado no superaba el mínimo legal para ser apelable.
Despido
¿Qué se resolvió?
Se confirmó la resolución que hizo efectivo el apercibimiento por falta de diligenciamiento de una prueba pericial solicitada. Respecto del recurso de apelación contra la sentencia de primera instancia, el tribunal lo declaró mal concedido al considerar que el valor cuestionado no superaba el mínimo legal para ser apelable.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Observo que, en la causa, se ordenó la producción de dicha prueba y se puso a cargo de la demandada la notificación al domicilio real del actor, a quien se citaba a formar cuerpo de escritura en la audiencia que se fijó a tal fin. Dicha notificación debía ser efectuada mediante cédula ley 22.172 dado que el actor se domiciliaba en extraña jurisdicción y, a tal fin, en la resolución de fecha 17/03/22 se intimó a la demandada para que dentro del plazo de diez días de notificado acreditara su diligenciamiento. Asimismo, se le otorgó plazo hasta el día de la celebración de la audiencia (19/05/22) para que devolviera la cédula con el resultado de la misma." "Por todo lo expuesto, corresponde declarar mal concedido el recurso de apelación."
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