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LAZARTE CHRISTIAN RICARDO c/ CV PARIS S.R.L. Y OTRO s/DESPIDO

Trabajador demandó por despido y la Cámara confirmó que el despido por abandono de trabajo fue ajustado a derecho.

Carga probatoria Notificacion fehaciente Despido Abandono de trabajo Certificados medicos Intimacion de reintegro Inejecucion sin aviso

Despido

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar parcialmente a la demanda. Concluyó que correspondía otorgar preeminencia a la decisión adoptada por la demandada de despedir al trabajador por abandono de trabajo, al no haberse acreditado la imposibilidad de reintegrarse por motivos de salud ni su notificación fehaciente a la empleadora.
- Principales fundamentos:
- El agravio del trabajador contra la decisión de primera instancia que convalidó el despido por abandono de trabajo es insuficiente, ya que solo cuestiona la supuesta inversión de la carga probatoria, sin indicar concretamente los elementos que permitirían revertir lo resuelto.
- El magistrado de primera instancia analizó correctamente la prueba informativa y concluyó que correspondía otorgar preeminencia a la intimación de reintegro realizada por la empleadora, al no haberse acreditado por el trabajador la invocada imposibilidad de reintegrarse ni su notificación fehaciente.
- Para la configuración del abandono de trabajo regulado en el art. 244 LCT se requiere la inejecución sin aviso de la prestación laboral, la intimación de reintegro y la persistencia del trabajador en su conducta omisiva, presupuestos que se tuvieron por acreditados.

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