BENITEZ CABRERA, JOSE ANTONIO c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El actor promovió demanda por accidente de tránsito in itinere. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y estableció el cálculo de la prestación de acuerdo a la actualización del Ingreso Base Mensual por el índice RIPTE.
Accidente in itinere y daños derivados
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, ordenando calcular la prestación indemnizatoria teniendo en cuenta la actualización del Ingreso Base Mensual por el índice RIPTE, desde la fecha del accidente y hasta el momento del efectivo pago, con un interés moratorio del 6% anual.
Los fundamentos principales de la decisión fueron:
- La Cámara consideró que el Decreto 669/2019 estableció un sistema de actualización de la prestación basado en la evolución de los salarios a través del índice RIPTE, lo cual no implica una indexación prohibida, sino un mecanismo de ajuste de la base de cálculo.
- Respecto a los intereses, la Cámara diferenció el componente compensatorio (incluido en el Ingreso Base Mensual) del componente moratorio, este último fijado en un 6% anual.
- Los votos discreparon sobre la aplicación del Decreto 669/2019, con la mayoría considerando que es constitucional y viable su aplicación.
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