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GARCIA MUÑOZ JOSE CARLOS c/ EXPERTA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor demandó por accidente de trabajo y la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y redujo el porcentaje de incapacidad psíquica otorgado.

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Accidente de trabajo sufrido el 11/10/2011 cuando se encontraba construyendo una escalera y cayó, sufriendo un esguince de tobillo derecho. Reclama indemnización por incapacidad parcial y permanente.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó el porcentaje de incapacidad física del 4,44% de la T.O. pero revocó parcialmente la sentencia de primera instancia en relación a la incapacidad psíquica, considerando que no se acreditó el nexo causal entre el accidente y una afectación psicológica. En consecuencia, fijó el monto de condena en $12.908,2.-.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Respecto a la incapacidad física, se consideró que el dictamen pericial médico se encontraba suficientemente fundado en principios científicos y la aplicación del baremo legal.
- En cuanto a la incapacidad psíquica, se señaló que el decreto 659/96 establece que sólo serán reconocidas determinadas afecciones psicológicas con nexo causal con el accidente, lo cual no se acreditó en el caso.
- Se aplicaron los intereses moratorios consistentes exclusivamente en el CER desde la exigibilidad del crédito.

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