URES FERREIRA, BRIAN FRANCO ARIEL c/ GALENO ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y reconoció una incapacidad psicológica adicional del 8%, aumentando el monto indemnizatorio.
Accidente de trabajo in itinere con incapacidad psicológica
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y reconoció una incapacidad psicológica adicional del 8%, elevando el monto indemnizatorio. La Cámara también declaró la inconstitucionalidad de normas que prohibían la actualización monetaria y dispuso la aplicación de intereses conforme al IPC.
Fundamentos principales:
- El dictamen pericial determinó que el actor presenta una Reacción Vivencial Anormal Neurótica Grado II que le produce una incapacidad psicológica del 8% t.o. La Cámara consideró que el cuadro psicológico está relacionado causalmente con el accidente.
- La Cámara declaró la inconstitucionalidad de los arts. 7 y 10 de la ley 23.928 y art. 4 de la ley 25.561 que prohibían la actualización monetaria, ordenando la aplicación del IPC más una tasa de interés del 3% anual.
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