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ALONSO, LUIS ALBERTO c/ EXPERTA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y adecuó el monto de la indemnización con base en el índice RIPTE, más intereses moratorios.

Indemnizacion Accidente de trabajo Intereses moratorios Inconstitucionalidad Ripte

Accidente de trabajo sufrido el 7/2/2022

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la incapacidad determinada por el perito médico, pero modificó la sentencia de primera instancia para calcular la indemnización considerando el índice RIPTE desde la fecha del accidente hasta la liquidación, más intereses moratorios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El dictamen pericial médico se encuentra debidamente fundado, por lo que no corresponde apartarse de sus conclusiones.
- La actualización por RIPTE es procedente de acuerdo a la normativa aplicable, aunque el tribunal consideró necesario adicionar intereses moratorios.
- La Res. SSN 332/23 que modificó el régimen de actualización es inconstitucional por exceder las facultades delegadas al Poder Ejecutivo.

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