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OSUNA, ROMINA ELISABET c/ MFJ TEXTIL S.R.L.(REBELDE ART. 71 L.O.) Y OTRO s/DESPIDO

El actor reclamó sanciones por falta de aportes a la seguridad social. La Cámara confirmó el rechazo de la demanda al considerar que la intimación previa realizada por el trabajador fue defectuosa.

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Sanciones por falta de aportes a la seguridad social

¿Qué se resolvió?

Se rechaza el reclamo por considerar que la intimación previa realizada por el trabajador fue defectuosa al no delimitar montos, períodos ni plazos.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La ley exige una intimación previa y fehaciente por 30 días para que el empleador regularice los aportes retenidos y no depositados.
- La intimación del trabajador fue genérica y no cumplió con los requisitos legales.
- Ni la mediación previa ni la demanda pueden suplir el requisito de la intimación formal.
- La intimación previa busca posibilitar el cumplimiento extrajudicial, evitando así recurrir al proceso formal.

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