ARELLANO, ROLANDO ANGEL c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor demandó por accidente de trabajo y la Cámara de Apelaciones modificó los intereses aplicados y reguló nuevos honorarios.
Accidente de trabajo, con una incapacidad física del 10,98%
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó el modo de cálculo de los intereses aplicados y reguló nuevos honorarios. Consideró que correspondía actualizar el crédito por el IPC más un 3% anual de interés puro, con una capitalización única a la fecha de notificación de la demanda.
- Fundamentos relevantes:
- La Corte Suprema ha declarado inconstitucionales las normas que vedan la repotenciación de deudas dinerarias, en línea con los arts. 14 bis, 16, 17 y 75.22 de la CN.
- Se debe utilizar la variación del IPC oficial informado por el INDEC y, ante períodos sin medición, aplicar un "IPC alternativo" con datos de CABA y San Luis.
- La capitalización de intereses debe realizarse por única vez a la fecha de notificación de la demanda, conforme al criterio de la CSJN.
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