HEREDIA, VIVIANA ALEJANDRA c/ ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL ANSES s/JUICIO SUMARISIMO
La actora promovió demanda por desplazamiento arbitrario de su cargo de Jefe de UDAI y reducción salarial. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia que consideró que la desafectación de la actora del cargo de conducción transitorio fue una decisión razonable con fundamento en el CCT aplicable.
- Actora: Viviana Alejandra HEREDIA
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Restablecimiento de condiciones de trabajo previas al cambio decidido por ANSES, diferencias salariales por reducción de categoría y cargo de Jefe de UDAI quitado sin justificación.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó la demanda principal. Consideró que la desafectación de la actora del cargo de conducción transitorio designado en 2018 fue una decisión razonable de ANSES, en el marco de su facultad de organizar la estructura del organismo y de acuerdo al CCT 305/98 E. Sin embargo, confirmó el deber de ANSES de continuar abonando el adicional por jefatura temporaria mientras la actora ocupe un puesto de asesoramiento comprendido en el Agrupamiento de Conducción.
Fundamentación:
- La designación de la actora como Jefe de UDAI en 2018 tuvo carácter transitorio, asimilable al personal de gabinete, sujeta a decisión de la autoridad que la efectuó.
- La posterior desafectación de este cargo por reestructuración fue una decisión razonable de ANSES, dentro de sus facultades de organización.
- El adicional por jefatura temporaria es un rubro remunerativo y transitorio que debe mantenerse mientras la actora ocupe un puesto de asesoramiento dentro del Agrupamiento de Conducción.
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