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MURUGA, JOSE EMMANUEL c/ EXPERTA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

El trabajador solicitó revisión de incapacidad por accidente laboral. La Cámara confirmó la determinación de incapacidad parcial y permanente del 5,3% dispuesta por la pericia médica.

Intereses Pericia medica Accidente laboral Incapacidad parcial y permanente Ripte

Revisión de incapacidad por accidente laboral

¿Qué se resolvió?

Se confirmó la incapacidad parcial y permanente del 5,3% determinada por la pericia médica. La Cámara consideró que el informe pericial estaba debidamente fundado en principios científicos y no pudo ser desvirtuado por los cuestionamientos de la aseguradora. Respecto a los intereses, se aplicó el RIPTE como índice de actualización de la base salarial y se fijaron intereses moratorios a una tasa del 6% anual. Fundamentos principales:
- El informe pericial se encuentra apoyado en sólidos fundamentos científicos, con un razonamiento objetivo.
- No se demostró la existencia de sintomatología previa que pudiera haber incidido en el cuadro del trabajador.
- La aplicación del RIPTE como índice de actualización de la base salarial es válida en los términos del Dec. 669/19, pero debe diferenciarse el componente compensatorio del moratorio, estableciéndose este último en una tasa del 6% anual.

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