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TORRES, ARIEL GUSTAVO c/ PREVENCION ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

El actor promovió demanda por incapacidad psicofísica derivada de un accidente laboral. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y ajustó el porcentaje de incapacidad total del trabajador.

Intereses Indemnizacion Incapacidad laboral Accidente de trabajo Ley de riesgos del trabajo Actualizacion Dnu 669 19

Determinación del grado de incapacidad psicofísica derivada de un accidente laboral y pago de la correspondiente indemnización.

¿Qué se resolvió?


- La Cámara confirmó la valoración de la incapacidad física efectuada en primera instancia, pero revocó la determinación de la incapacidad psíquica.
- Fijó la incapacidad total del trabajador en el 19,45% de la capacidad laborativa (21,15% sobre el 92% de incapacidad preexistente).
- Ordenó actualizar el monto indemnizatorio según la variación del índice RIPTE y aplicar intereses desde el accidente hasta el efectivo pago.
- Reguló honorarios de las partes y la perito médica. Fundamentos relevantes:
- La incapacidad psicológica no fue reclamada en la instancia administrativa previa, por lo que no corresponde su reconocimiento judicial.
- El DNU 669/19 es aplicable al caso, en tanto constituye un decreto delegado válido que mejora las prestaciones.
- Corresponde aplicar la fórmula de capacidad restante considerando la incapacidad preexistente del 8%.
- Los intereses se establecen en 6% anual desde el accidente y luego la tasa activa del Banco Nación hasta el pago.

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