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CARULA, JIMENA SOLEDAD c/ EL RESTO PARA EL PROGRESO S.R.L. s/DESPIDO

La actora promovió demanda por despido. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral modificó la sentencia de primera instancia y ordenó la actualización del crédito por el índice de precios al consumidor más una tasa de interés del 3% anual.

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Despido

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y ordenó la actualización del crédito laboral por el índice de precios al consumidor más una tasa de interés del 3% anual.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Corte Suprema ha sostenido que si bien el legislador tiene la facultad de establecer el criterio que estime adecuado para la actualización de créditos laborales, las cambiantes circunstancias pueden hacer que la solución legal se torne irrazonable e indefendible desde el punto de vista constitucional.
- En este caso, la aplicación de las leyes que prohíben la actualización monetaria conduce a la licuación del crédito del trabajador, lo que desconoce el principio de razonabilidad, el derecho de propiedad y no permite una tutela judicial eficaz.
- Por ello, la Cámara declaró la inconstitucionalidad de las normas que prohíben la actualización, y ordenó la actualización por el IPC más una tasa de interés del 3% anual.

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