BUSTAMANTE, JOSE ALBERTO c/ 4 DE MARZO S.R.L. s/DESPIDO
El actor promovió demanda por despido injustificado. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia, modificando el monto de condena.
Indemnización por despido y otros créditos laborales
¿Qué se resolvió?
Se confirmó el despido injustificado, pero se redujo el monto de condena. Los jueces analizaron la carta de despido y determinaron que no cumplía con los requisitos legales. Declararon la inconstitucionalidad de las normas que prohíben la actualización de créditos laborales y ordenaron la actualización por el índice RIPTE más un 6% anual de interés.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La carta de despido era ambigua y contradictoria con los registros de la empresa.
- No se acreditó la falta injustificada alegada por la empresa.
- La prohibición de actualización de los créditos laborales es inconstitucional en el caso concreto, pues produce una pulverización del poder adquisitivo.
- Se debe actualizar por el índice RIPTE más 6% anual de interés puro para preservar el valor del crédito.
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