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BRUSCA FARIAS, CAMILO NICOLAS -9- c/ COOPERATIVA DE TRABAJO ESPERANZA DE LA BOCA LIMITADA s/DESPIDO

El actor promovió demanda por despido contra una cooperativa de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y aumentó el monto de la indemnización por despido.

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Despido

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y:
- Elevó el monto de la indemnización por despido del art. 8 de la Ley de Empleo de $15.000 a $22.500.
- Dejó sin efecto la disposición que permitía al juzgado confeccionar el certificado de trabajo en caso de incumplimiento del empleador, ordenando que la confección recaiga únicamente sobre el empleador.
- Declaró la inconstitucionalidad de los arts. 7 y 10 de la Ley 23.928 y dispuso que el crédito se actualice por el índice de precios al consumidor más un 3% anual de interés. Fundamentos principales:
- El actor no logró probar que trabajó de lunes a viernes, por lo que correspondía confirmar la base salarial determinada en primera instancia.
- La indemnización del art. 8 de la Ley de Empleo no puede ser inferior a 3 veces el salario mensual.
- El juez no puede limitar anticipadamente el cómputo de las astreintes impuestas por incumplimiento de la condena.
- Corresponde declarar la inconstitucionalidad de las normas que impiden la actualización del crédito laboral.

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