RIQUELME, ARNALDO CRISTIAN c/ EXPERTA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El trabajador reclamó indemnización por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y estableció pautas para la actualización y el cálculo de los intereses de la condena.
Indemnización por accidente de trabajo sufrido en marzo de 2016
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó el fallo de primera instancia que hizo lugar a la demanda. Modificó lo relativo a la actualización del capital indemnizatorio y los intereses. Estableció que: 1) Los intereses deben computarse desde la fecha del accidente (14/03/2016) a una tasa del 6% anual hasta que se practique la liquidación en la etapa del art. 132 LO. 2) A partir de esa liquidación, se aplicará la tasa activa cartera general nominal anual del Banco Nación. 3) Si hay incumplimiento de pago, se acumularán los intereses al capital semestralmente según el art. 770 inc. c) del CCCN.
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