MARTINEZ CARRASCO, CESAR JESUS c/ SCO SOCIEDAD ANONIMA Y OTROS s/DESPIDO
El actor promovió demanda por despido indirecto contra su empleadora. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y fijó el capital de condena actualizando las acreencias conforme el Índice de Precios al Consumidor más una tasa pura de interés del 3% anual.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Despido indirecto, diferencias salariales, horas extras, uso de teléfono celular La Cámara de Apelaciones consideró acreditado que el actor percibía parte de su remuneración al margen de todo registro, por lo que el despido indirecto se encontró ajustado a derecho. Confirmó las indemnizaciones por despido, Ley de Empleo y art. 2 ley 25.323, pero rechazó los reclamos por horas extras, diferencias salariales y el carácter remunerativo del teléfono celular. Modificó la condena a IP S.A. y Oeyen, limitando la responsabilidad de este último a las partidas derivadas de las irregularidades comprobadas. También modificó el cálculo de la actualización de las acreencias, aplicando el IPC más 3% de interés anual, sin anatocismo.
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