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UNION DEL PERSONAL SUPERIOR Y PROFESIONAL DE EMPRESAS AEROCOMERCIALES c/ LAN ARGENTINA S.A. s/COBRO DE SALARIOS

La Unión del Personal Superior y Profesional de Empresas Aerocomerciales reclamó el cobro de salarios. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y aplicó una nueva fórmula de cálculo de los intereses.

Intereses Inconstitucionalidad Actualizacion Homologacion Poder adquisitivo Cobro de salarios Creditos laborales Suspension laboral


¿Quién es el actor?

Unión del Personal Superior y Profesional de Empresas Aerocomerciales

¿A quién se demanda?

LAN Argentina S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de salarios

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia, pero modificó el cálculo de los intereses. La Cámara consideró que los descuentos salariales realizados por la empresa con base en el art. 223 bis de la LCT carecían de homologación de la autoridad competente, por lo que los trabajadores tenían derecho a recibir las diferencias salariales retenidas. En cuanto a los intereses, la Cámara determinó que la aplicación de las tasas previstas en las actas 2601, 2630 y 2658 ya no compensaban la pérdida del valor adquisitivo del crédito alimentario del trabajador, dada la situación inflacionaria. Por ello, declaró la inconstitucionalidad de la norma que prohíbe la actualización de los créditos laborales y dispuso la aplicación del IPC del INDEC más una tasa de interés del 3% anual, con una reducción del 20% sobre el total del capital revalorizado.

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