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GEREZ, MATIAS EZEQUIEL c/ CONSTRUCTORA MADERO S.A. Y OTRO s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor demandó por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y ordenó actualizar el crédito por inflación y aplicar una tasa de interés pura.

Tasa de interes Actualizacion monetaria Accidente de trabajo Inconstitucionalidad Credito laboral

Accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, declarando la inconstitucionalidad de las normas que prohíben la indexación. Ordenó actualizar el crédito conforme al IPC del INDEC desde el momento del accidente y aplicar una tasa de interés del 3% anual. Confirmó lo demás decidido en primera instancia. Fundamentos relevantes:
- La aplicación de tasas diferenciadas no es suficiente para compensar la pérdida del valor adquisitivo de los créditos laborales ante la demora en su reconocimiento y pago.
- La prohibición legal de actualización de créditos laborales resulta inconstitucional, pues anula la función resarcitoria e indemnizatoria que debe cumplir el régimen de contrato de trabajo.
- Corresponde actualizar el crédito por el IPC del INDEC y aplicar una tasa de interés del 3% anual, a fin de preservar el poder adquisitivo de la indemnización.

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