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CASTILLO RAUL LUIS c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor sufrió un accidente laboral y reclamó indemnización. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda.

Tasa de interes Indemnizacion Honorarios Accidente laboral Ipc Poder adquisitivo Creditos laborales Ripte

Indemnización por accidente laboral sufrido el 06/10/2015 cuando trasladaba manualmente barras de aluminio, donde se golpeó los dedos de la mano izquierda sufriendo heridas cortantes, fractura de falanges y pérdida de la uña del dedo meñique, con incapacidad del 3%.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda. Respecto a la tasa de interés aplicable, si bien la demandada cuestionaba la aplicación del IPC, RIPTE y la tasa pura del 6% anual por considerarla desproporcionada, la Cámara validó dicha tasa en base a la jurisprudencia de la CSJN que estableció que los jueces deben utilizar una pauta comparativa que permita analizar si la indemnización debida se deterioró por las fluctuaciones inflacionarias, a fin de preservar el poder adquisitivo de los créditos laborales y alimentarios. También confirmó los honorarios de la representación letrada y del perito médico.

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