OZUNA, FARIÑA ISABEL c/ CEHTAC S.R.L. (ART. 71 LO) Y OTRO s/DESPIDO
La actora apeló parcialmente la sentencia que acogió su demanda por créditos laborales. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la decisión de primera instancia.
¿Quién es el actor?
OZUNA, FARIÑA ISABEL
¿A quién se demanda?
CEHTAC S.R.L. y ANA MARÍA FERRO
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro de diversos créditos laborales
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia, salvo en la regulación de honorarios del patrocinio letrado de la actora, que fueron aumentados.
Fundamentos principales:
- La Corte Suprema ha desestimado la operatividad del art. 54 de la Ley 19.550 para extender la responsabilidad a los socios, salvo que se acredite que la figura societaria fue utilizada de manera fraudulenta.
- En el caso concreto, no se demostró la existencia de una sociedad ficticia o de un comportamiento fraudulento de los socios, por lo que corresponde confirmar la falta de responsabilidad de la codemandada Ferro.
- En cuanto a los honorarios del patrocinio letrado de la actora, se los fijó en 74,21 UMA ($ 4.510.409,59) considerando la importancia, mérito y extensión de las tareas cumplidas.
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