Logo

ALEGRE, HERNAN SILVIO Y OTROS c/ OPERADORA FERROVIARIA SOC. DEL ESTADO Y OTRO s/DIFERENCIAS DE SALARIOS

Trabajadores reclaman diferencias salariales por pago de tickets Ley 26.341. La Cámara confirma sentencia que rechaza el reclamo por no acreditarse perjuicio salarial.

Diferencias salariales Convenio colectivo Intangibilidad salarial Autonomia colectiva Tickets ley 26 341 Modificacion convenio


- Actores: Hernán Silvio Alegre y otros
- Demandados: Operadora Ferroviaria Soc. del Estado y otro

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo de diferencias salariales por pago de tickets Ley 26.341, y su incidencia sobre antigüedad, SAC y adicional por productividad.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirma la sentencia de primera instancia que rechazó el reclamo. Fundamenta que la metodología de pago de los tickets fue derogada por la Ley 26.341 y las partes acordaron una nueva forma de pago, que no generó un perjuicio salarial. Aplica lo dispuesto en el art. 24 inc. a) de la Ley 14.250 que permite a un convenio posterior modificar uno anterior. Impone costas en el orden causado y confirma los honorarios regulados a la parte demandada. Fundamentos relevantes:
- "Bajo esta óptica, los sujetos, en el ejercicio de la autonomía privada colectiva, tienen aptitud para acordar disposiciones de carácter normativo y también cuentan con la facultad de modificarlas, derogarlas o establecer otras en su reemplazo, habida cuenta del carácter cambiante de la realidad socio-económica que subyace en la celebración de todo convenio colectivo y de la consiguiente necesidad de que éste se adecue a las circunstancias que intenta normativizar."
- "Nótese en este sentido que, pese a lo expuesto por la actora, lo cierto y concreto es que la metodología de pago de los vales alimentarios fue derogada por la entrada en vigencia de la ley 26.341, y las partes colectivas acordaron una nueva forma de pago, tal como se observa en las escalas salariales, en donde el valor de los "ticket remunerativo", ya no tiene correlación con el 20% de lo percibido en concepto de sueldo básico y antigüedad."
- "A fin de considerar que si el acuerdo colectivo en cuestión infringió el principio de intangibilidad salarial debe existir un perjuicio concreto, consistente en una rebaja de la retribución, una modificación que importe una alteración irrazonable en su composición o la desjerarquización respecto del nivel alcanzado por el trabajador, y las circunstancias apuntadas no han sido acreditadas en la causa."

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar