BELAUNDE, IGNACIO ANDRES Y OTROS c/ TELECOM ARGENTINA S.A. s/OTROS RECLAMOS
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modifica parcialmente la sentencia de primera instancia y establece el porcentaje de participación en las ganancias de los trabajadores que demandaron a Telecom Argentina S.A.
Participación en las ganancias según art. 29 de la Ley 23.696
¿Qué se resolvió?
Se hace lugar parcialmente a la demanda. Se establece que el porcentaje de participación en las ganancias será del 0,5% de las utilidades netas anuales, modificando el porcentaje fijado en primera instancia. Se confirma el rechazo de la demanda respecto de los restantes trabajadores que ingresaron con posterioridad a la privatización.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara considera que el porcentaje del 0,5% de las utilidades netas es el razonable, por ser el aplicado generalmente en las empresas privatizadas. Ratifica que el art. 4 del Decreto 395/92 es inconstitucional por frustrar el derecho de los trabajadores, por lo que corresponde la responsabilidad solidaria de Telecom Argentina S.A. y el Estado Nacional. Confirma el rechazo de la demanda respecto de los trabajadores que ingresaron con posterioridad a la privatización.
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