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BELAUNDE, IGNACIO ANDRES Y OTROS c/ TELECOM ARGENTINA S.A. s/OTROS RECLAMOS

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modifica parcialmente la sentencia de primera instancia y establece el porcentaje de participación en las ganancias de los trabajadores que demandaron a Telecom Argentina S.A.

Inconstitucionalidad Responsabilidad solidaria Decreto 395 92 Participacion en ganancias Telecom argentina Ley 23 696

Participación en las ganancias según art. 29 de la Ley 23.696

¿Qué se resolvió?

Se hace lugar parcialmente a la demanda. Se establece que el porcentaje de participación en las ganancias será del 0,5% de las utilidades netas anuales, modificando el porcentaje fijado en primera instancia. Se confirma el rechazo de la demanda respecto de los restantes trabajadores que ingresaron con posterioridad a la privatización.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara considera que el porcentaje del 0,5% de las utilidades netas es el razonable, por ser el aplicado generalmente en las empresas privatizadas. Ratifica que el art. 4 del Decreto 395/92 es inconstitucional por frustrar el derecho de los trabajadores, por lo que corresponde la responsabilidad solidaria de Telecom Argentina S.A. y el Estado Nacional. Confirma el rechazo de la demanda respecto de los trabajadores que ingresaron con posterioridad a la privatización.

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