TORRALBA, LISANDRO c/ CORPORACION RIO LUJAN S.A. (CONCURSO PREVENTIVO) s/DESPIDO
El actor promovió despido indirecto por falta de pago de salarios. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda.
Despido indirecto por falta de pago de salarios
¿Qué se resolvió?
Se confirma la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda.
Fundamentos principales:
- La prueba pericial y testimonial acreditaron que la demandada efectuaba pagos parciales de salarios, lo cual constituyó una injuria suficiente para justificar el despido indirecto.
- La falta de pago íntegro de salarios reclamados por el trabajador sin respuesta de la empleadora, es una causal que habilita el despido indirecto.
- Si se acredita una causal suficiente para el despido, no resulta necesario analizar las restantes injurias invocadas.
- No se encuentran razones para apartarse de la decisión del juez de grado.
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