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DE AVILA POLO, STEPHANI ISABEL c/ GALENO ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

La trabajadora apeló la sentencia que rechazó su reclamo por accidente in itinere. La Cámara modificó la decisión y consideró que el accidente sufrido por la trabajadora al torcerse el tobillo en el trayecto del trabajo a su domicilio debe encuadrarse como un accidente in itinere.

Indemnizacion Incapacidad laboral Accidente in itinere Contrato de trabajo Lrt

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: De Avila Polo Sthephani Isabel Demandado: Galeno ART S.A. Objeto de la demanda: Reclamo por accidente in itinere Decisión del tribunal: La Cámara revocó la sentencia de primera instancia y consideró que el accidente sufrido por la trabajadora al torcerse el tobillo en el tren, en el trayecto del trabajo a su domicilio, debe encuadrarse como un accidente in itinere. Fijó la indemnización en $223.512,8 más RIPTE y 6% anual. Fundamentos principales:
- La norma establece que el accidente in itinere es el que sucede en el trayecto entre el domicilio del trabajador y el lugar de trabajo o viceversa, siempre que no se haya interrumpido o alterado dicho trayecto por causas ajenas al trabajo. En el caso, de la denuncia surge que la trabajadora sufrió el accidente "yendo del trabajo al domicilio en tren", lo que configura claramente un accidente in itinere.
- Si bien la ART recibió la denuncia y negó que se tratara de una contingencia laboral, no argumentó las circunstancias que llevarían a tenerlo por rechazado, es decir que el hecho no hubiese ocurrido o que se hubiese cambiado el trayecto.
- De la pericia médica surge que la trabajadora sufrió una lesión en el tobillo derecho, valuada en un 5,6% de incapacidad.

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