FARIAS GALINDO, JUAN DE DIOS c/ SAMPRAD S.A. Y OTROS s/DESPIDO
El actor promovió demanda por despido indirecto. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar al despido indirecto, pero modificó la condena solidaria a los integrantes del directorio de la empresa.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Despido indirecto
- Decisión del tribunal: Se confirmó la decisión de primera instancia que hizo lugar al despido indirecto. La Cámara confirmó la condena solidaria a la empresa SAMPRAD SA, pero también extendió la responsabilidad solidaria a los integrantes del directorio Silvia Slemenson y Ricardo Slemenson, por aplicar la teoría de la inoponibilidad de la personalidad jurídica.
Los fundamentos principales fueron:
- Las declaraciones testificales acreditaron que el actor realizaba tareas inherentes a la categoría de "encargado de edificio" y no solo de vigilante nocturno, por lo que correspondía encuadrarlo en el CCT 589/2010.
- La empresa registró deficientemente al actor, lo que constituye un fraude laboral que habilita la aplicación de la responsabilidad solidaria de los socios y administradores, según los arts. 54, 59 y 274 de la Ley de Sociedades Comerciales.
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