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PARRA VERA, MAXIMA c/ OMINT ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

La actora reclamó indemnización por accidente de trabajo con secuelas físicas y psicológicas. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la incapacidad física del 16,62% pero descartó la incapacidad psicológica del 20% fijada en primera instancia.

Incapacidad fisica Incapacidad psicologica Accidente de trabajo Ley 27 348 Calculo del ibm Proporcionalidad entre danos

Indemnización por accidente de trabajo con secuelas físicas y psicológicas

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la incapacidad física del 16,62% pero descartó la incapacidad psicológica del 20% fijada en primera instancia. La Dra. González señaló que si bien el impacto psicológico es distinto en cada persona, debe existir cierta proporcionalidad entre el daño físico y psicológico, ya que este último es consecuencia del primero. Dado que en el caso no se detectó una minusvalía física grave, consideró que el daño psicológico no puede ser superior al físico. Por ello, confirmó el porcentaje de incapacidad física del 16,62% y rechazó el porcentaje psicológico del 20%. En cuanto a la aplicación del Decreto 669/19, la Cámara recordó que ya se había pronunciado sobre su inconstitucionalidad. Respecto a los intereses, confirmó que deben aplicarse desde la fecha del siniestro, de conformidad con la Ley 27.348. Finalmente, en relación al cálculo del IBM, la Cámara consideró que se aplicó correctamente lo dispuesto en la Ley 27.348.

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