RAMIREZ TOLEDO, BILTON JAVIER c/ PRODUCTORES DE FRUTAS ARGENTINAS COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
Trabajador accidentado obtiene reconocimiento de incapacidad psicofísica del 21,85% y la Cámara confirma la decisión.
Accidente de trabajo del 14/11/2019 que le provocó múltiples heridas en la muñeca derecha.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia que admitió el recurso de apelación del trabajador, reconociéndole una incapacidad psicofísica del 21,85% como consecuencia del accidente.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La ART no logró rebatir los fundamentos de la pericia médica que determinó la incapacidad del trabajador, tanto física (síndrome del túnel carpiano) como psíquica (reacción vivencial anormal neurótica).
- El informe pericial se encuentra sólidamente fundado en estudios médicos y científicos, sin que la ART haya aportado prueba que demuestre un factor de daño ajeno al ámbito laboral.
- Respecto al daño psíquico, la ART no logró rebatir los argumentos utilizados por el juez de grado para otorgar ese porcentaje de incapacidad.
- Los intereses deben computarse desde la primera manifestación invalidante, conforme lo dispuesto por la Ley 26.773 y 27.348.
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