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NUÑEZ, ADELA AYDES c/ ALVAREZ, MARTA ISABEL s/DESPIDO

La actora promovió demanda por diversos créditos laborales. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo revocó parcialmente la sentencia y rechazó la demanda al considerar que no se acreditó la existencia de un vínculo laboral subordinado.

Peluqueria Relacion laboral Prestacion de servicios Trabajo autonomo Presuncion de laboralidad Manicura

¿Qué se resolvió en el fallo?

La actora reclamó el cobro de diversos créditos laborales, alegando que prestó servicios como "manicura
- pedicura
- depiladora" en la peluquería de la demandada. La demandada negó la relación laboral, sosteniendo que la actora concurría esporádicamente a ofrecer y vender sus servicios de manera autónoma. La Cámara consideró que si bien la actora se desempeñó prestando servicios de manicura en la peluquería, no se acreditó la existencia de los elementos típicos de una relación laboral subordinada, como la dependencia técnica, jurídica y económica. Por el contrario, la prueba testimonial indicó que la actora disponía de sus propios días y horarios, fijaba el precio de sus servicios y utilizaba productos propios, sin recibir instrucciones de la demandada. En consecuencia, se revocó la sentencia de primera instancia y se rechazó la demanda.

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