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PINTO, ROLANDO ANTONIO c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y aumentó el monto indemnizatorio.

Incapacidad laboral Accidente de trabajo Dano psiquico Decreto 669 19 Trabajador maritimo Circular 2 98 srt

Accidente de trabajo por COVID-19

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y aumentó el monto indemnizatorio, fijándolo en $9.586.905,46. Confirmó el porcentaje de incapacidad laboral física en 10% pero revocó la incapacidad psíquica otorgada. Además, ordenó aplicar el índice RIPTE y un interés del 6% anual sin capitalización. Fundamentos relevantes:
- El tribunal consideró que el actor no sufrió un trauma mental de suficiente gravedad para configurar un daño psíquico, dado que su cuadro de COVID-19 no fue grave y no requirió internación.
- Respecto al ingreso base, la Cámara aplicó la Circular 2/98 de la SRT que establece reglas particulares para trabajadores marítimos, tomando en cuenta únicamente el tiempo efectivamente trabajado.
- La Cámara declaró la nulidad del Decreto 669/19 que modificaba el régimen de intereses, por considerar que el Poder Ejecutivo excedió sus facultades al dictar una norma de alcance legislativo.

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