Logo

PINTO HUAYLLAS, MARIA JIMENA (Y) c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

La trabajadora demandó por incapacidad derivada de una quemadura en la mano. La Cámara Nacional de Apelaciones modificó la sentencia y actualizó el monto indemnizatorio mediante el índice RIPTE.

Incapacidad Actualizacion monetaria Accidente laboral Peritaje medico Baremo Quemadura Ripte


- Actora: María Jimena Pinto Huayllas

¿A quién se demanda?

Provincia ART S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo por incapacidad laboral derivada de quemadura en mano

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó el porcentaje de incapacidad física (2%) y psíquica (5%) establecido por el perito médico, y modificó el criterio de actualización del monto indemnizatorio, aplicando el índice RIPTE hasta la liquidación. Los fundamentos principales fueron:
- El informe pericial médico se encontraba debidamente fundado y merece eficacia probatoria, salvo en lo relativo a la aplicación del baremo por la quemadura física, donde correspondía un porcentaje menor al establecido.
- El baremo no prohíbe graduar el porcentaje de incapacidad psicológica según el cuadro del trabajador.
- Respecto a la actualización, correspondía aplicar el índice RIPTE desde la primera manifestación invalidante hasta la liquidación, sin considerar la Resolución 1039.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar