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MONTENEGRO, JORGE DANIEL c/ GALENO ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

El actor promovió demanda por accidente de trabajo con incapacidad parcial. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y redujo el porcentaje de incapacidad reconocido.

Pericia medica Nexo causal Dano psicologico Accidente de trabajo Incapacidad parcial

Accidente de trabajo con incapacidad parcial

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, reduciendo el porcentaje de incapacidad reconocido al 5,5% de la T.O., sin considerar una afección psicológica. Confirmó el capital de condena en $1.277.321,29 más intereses desde la fecha del accidente.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La pericia médica que determinó una incapacidad física del 5% y psicológica del 3% (total 8,8% T.O.) se encuentra debidamente fundada, sin que la aseguradora haya logrado desvirtuar sus conclusiones.
- Sin embargo, la afección psicológica del 3% no se encuentra acreditada, ya que el esguince de tobillo sufrido no permite vislumbrar una alteración psíquica con adecuado nexo causal.
- Por lo tanto, se fija la incapacidad total en 5,5% de la T.O. (5% física más 0,5% de factores de ponderación).

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