MUÑOZ, GISELLE ADRIANA c/ INC S.A. s/DESPIDO
La actora promovió demanda por diferencias en el pago de indemnizaciones y partidas salariales. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y declaró la inconstitucionalidad de la prohibición de actualización de los créditos laborales.
Diferencias en el pago de indemnizaciones derivadas del despido, agravantes indemnizatorios, diferencias salariales.
¿Qué se resolvió?
La Cámara hizo lugar parcialmente a la demanda, declaró la inconstitucionalidad de la prohibición de actualización de créditos laborales y dispuso que los montos de condena se actualicen por el IPC desde la exigibilidad hasta el pago efectivo, más una tasa pura del 3% anual.
- Fundamentos relevantes:
- La prueba testimonial acreditó el inicio de la relación laboral en 2007 y el registro tardío en 2008.
- La Cámara consideró que el registro incorrecto de la relación laboral impide adoptar la postura de la demandada de calcular las indemnizaciones en base a las remuneraciones efectivamente abonadas.
- Respecto a la actualización, la Cámara entendió que las normas que prohíben la actualización se han tornado inconstitucionales ante la prolongada e intensa inflación, pues afectan el derecho de propiedad del acreedor.
- La Cámara dispuso que el capital se actualice por el IPC y se aplique una tasa pura del 3% anual.
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