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MUÑOZ, GISELLE ADRIANA c/ INC S.A. s/DESPIDO

La actora promovió demanda por diferencias en el pago de indemnizaciones y partidas salariales. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y declaró la inconstitucionalidad de la prohibición de actualización de los créditos laborales.

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Diferencias en el pago de indemnizaciones derivadas del despido, agravantes indemnizatorios, diferencias salariales.

¿Qué se resolvió?

La Cámara hizo lugar parcialmente a la demanda, declaró la inconstitucionalidad de la prohibición de actualización de créditos laborales y dispuso que los montos de condena se actualicen por el IPC desde la exigibilidad hasta el pago efectivo, más una tasa pura del 3% anual.
- Fundamentos relevantes:
- La prueba testimonial acreditó el inicio de la relación laboral en 2007 y el registro tardío en 2008.
- La Cámara consideró que el registro incorrecto de la relación laboral impide adoptar la postura de la demandada de calcular las indemnizaciones en base a las remuneraciones efectivamente abonadas.
- Respecto a la actualización, la Cámara entendió que las normas que prohíben la actualización se han tornado inconstitucionales ante la prolongada e intensa inflación, pues afectan el derecho de propiedad del acreedor.
- La Cámara dispuso que el capital se actualice por el IPC y se aplique una tasa pura del 3% anual.

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