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BARBALACI , MIGUEL ANGEL DANIEL c/ ADAKA S.A. Y OTRO s/DESPIDO

El actor promovió demanda por despido incausado contra las empresas Adaka S.A. y Quickfood S.A. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Trabajo modificó parcialmente la sentencia y aumentó el monto de la condena.

Actualizacion monetaria Inconstitucionalidad Derecho de propiedad Extension de responsabilidad Despido incausado Art 30 lct Art 247 lct Proteccion contra el despido

Despido incausado

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, elevando el monto total de condena a $5.936.045,86, el cual deberá actualizarse según el Índice de Precios al Consumidor (IPC). La Cámara consideró que:
- Adaka S.A. no acreditó los requisitos del art. 247 LCT para justificar el despido por falta o disminución de trabajo, por lo que se confirmó el despido incausado.
- Quickfood S.A. debe responder solidariamente por las obligaciones de Adaka S.A. en virtud del art. 30 LCT, ya que las tareas del actor eran inescindibles de la actividad normal y específica de la empresa.
- Declaró la inconstitucionalidad sobreviniente del art. 7 de la Ley 23.928 (texto según Ley 25.561), por lesionar el derecho de propiedad y el derecho a la protección contra el despido arbitrario, correspondiendo la actualización del crédito según el IPC más una tasa de interés del 3% anual.

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