CHIODINI, GEORGINA ESTELA c/ TEXTIL SPORT TECH S.A. s/DESPIDO
La actora reclamó diferencias indemnizatorias derivadas de un ambiente laboral hostil que le ocasionó daños psíquicos. La Cámara confirmó la condena a la aseguradora con base en la ley especial sobre riesgos del trabajo.
La actora Georgina Estela Chiodini demandó a Textil Sport Tech S.A. por diferencias indemnizatorias derivadas de un ambiente laboral hostil que le ocasionó daños psíquicos. El juez de primera instancia rechazó íntegramente la demanda. En apelación, la Cámara confirmó la condena a la aseguradora Asociart ART S.A. en los términos de la ley 24.557 sobre riesgos del trabajo. Señaló que se encontraba acreditado que la actora sufrió malos tratos y agresiones verbales por parte de su superior, lo que derivó en una crisis de angustia y posterior licencia médica. Concluyó que la empleadora debía responder objetivamente por los daños a la salud de la trabajadora en virtud del art. 1113 del Código Civil. Respecto a los agravios, la Cámara rechazó los cuestionamientos de la actora sobre la condena a la aseguradora y sobre el cálculo del ingreso base mensual. También desestimó el agravio de la aseguradora sobre la enfermedad no listada en el decreto 659/96, señalando que las afecciones psíquicas guardan relación causal con el ambiente de trabajo hostil. Por último, confirmó los montos indemnizatorios por daño material y moral, y ordenó la actualización de los créditos por el índice de precios al consumidor más un 3% anual de interés.
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