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CESPEDES, ENRIQUE MANUEL c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia en relación al cálculo de los intereses.

Incapacidad permanente Accidente de trabajo Intereses moratorios Ripte Repotenciacion Tasa de interes anual

Actor: Enrique Manuel CESPEDES Demandado: PROVINCIA ART S.A. Objeto: Reclamo por accidente laboral Decisión: La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia en cuanto a la procedencia de la acción y el porcentaje de incapacidad determinado por el perito médico. Sin embargo, modificó el cálculo de los intereses moratorios, estableciendo que el capital indemnizatorio se debe repotenciar mediante el índice RIPTE desde la fecha del accidente hasta el momento de la liquidación, y sobre ese monto se adicionará un interés puro del 6% anual. Fundamentos principales:
- El informe pericial médico se encuentra debidamente fundado, por lo que no corresponde apartarse de las conclusiones sobre la incapacidad del trabajador.
- En cuanto a los intereses, la Cámara consideró prudente y razonable aplicar el índice RIPTE para repotenciar el capital y luego adicionar un interés puro del 6% anual, en línea con su jurisprudencia anterior en casos similares.
- Se confirman los honorarios regulados a los profesionales intervinientes.

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