ASOCIACION ARGENTINA DE AERONAVEGANTES c/ PODER EJECUTIVO NACIONAL, MINISTERIO DE ECONOMÍA, SECRETARÍA DE TRANSPORTE, s/ACCION DE AMPARO
La Asociación Argentina de Aeronavegantes promovió una acción de amparo sindical contra el Decreto 825/2024 y su modificación. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo revocó la sentencia y declaró la competencia de la justicia laboral.
La Asociación Argentina de Aeronavegantes (AAA) interpuso una acción de amparo sindical contra el Poder Ejecutivo Nacional, el Ministerio de Economía y la Secretaría de Transporte, impugnando el Decreto 825/2024 y su modificación por el Decreto 831/2024, por considerarlos normas antisindicales y discriminatorias que restringen el desarrollo de medidas de acción directa e impiden la realización de asambleas por parte de gremios y trabajadores aeronáuticos. La jueza de primera instancia declaró la incompetencia del fuero laboral para entender en la causa. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo revocó dicha sentencia y declaró la competencia de la Justicia Nacional del Trabajo, señalando que la acción de amparo sindical, prevista en el art. 47 de la Ley de Asociaciones Sindicales, determina la competencia de este fuero, al debatirse derechos emergentes de la libertad sindical. "Asiste razón a la asociación apelante en tanto la competencia de este Fuero Nacional del Trabajo, se articula en función de las previsiones normativas previstas en el art. 63 inc. c) de la ley 23.551 y arts. 20 y 21, inc. a) de la ley 18.345, pues esencialmente en la causa se debate derechos emergentes de la libertad sindical previstos en la ley 23.551 y Convenio 87 OIT del cual Argentina es Estado parte."
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