CISNEROS, MARIA EUGENIA c/ ORACLE ARGENTINA S.R.L. s/DESPIDO
La empleada reclamó diferencias indemnizatorias por despido irregular. La Cámara de Apelaciones modificó la sentencia, reconociendo la antigüedad real de la trabajadora, ordenando el pago de indemnizaciones adeudadas y actualizando la condena por inflación.
Diferencias indemnizatorias por despido irregular, consideración de beneficios como remunerativos, daño moral.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente a la demanda. Se reconoció la verdadera antigüedad de la trabajadora y se ordenó el pago de las indemnizaciones adeudadas. Se dispuso la actualización del crédito por inflación. Se rechazaron los reclamos por diferencias salariales y daño moral.
Fundamentos relevantes:
- Se tuvo por acreditada la prestación de servicios de la trabajadora desde marzo de 2008, mediante el testimonio de una testigo que declaró haberla entrenado al ingresar a la empresa.
- Se consideró que la sola comprobación de la prestación de servicios torna operativa la presunción de existencia de contrato de trabajo.
- Se reconoció la indemnización prevista en el art. 80 LCT por incumplimiento del empleador de entregar los certificados de trabajo.
- Se declaró la inconstitucionalidad de la prohibición de indexación monetaria, disponiendo la actualización del crédito por el IPC más 3% anual.
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