ALANIZ, RAMON EFRAIN EDGARDO c/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS SOCIEDAD ANONIMA s/RECURSO LEY 27348
El actor promovió demanda por accidente de trabajo y el tribunal de alzada modificó la sentencia aumentando el monto indemnizatorio y fijando que los intereses se calculen desde la fecha del accidente.
Indemnización por accidente de trabajo sufrido el 30/11/2017, que le generó una incapacidad del 8,77% de la T.O.
¿Qué se resolvió?
El tribunal modificó la sentencia de primera instancia, elevando el monto de condena a $453.672,12 e indicando que los intereses se calculen desde la fecha del accidente (30/11/2017), y no desde el alta médica como había dispuesto el juez de grado anterior.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara consideró que el daño se consolida en el momento del hecho generador, por lo que los intereses deben correr desde entonces y no desde una fecha posterior. Además, realizó una nueva regulación de honorarios.
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