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BALMACEDA, CARINA DANIELA c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

La actora promovió demanda por incapacidad derivada de enfermedad profesional. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial modificó parcialmente la sentencia, ordenando el pago de un adicional del 20% e instruyendo sobre la actualización de los montos indemnizatorios.

Indemnizacion Honorarios Incapacidad Accidente de trabajo Enfermedad profesional Actualizacion por indice ripte Adicional 20 ley 26 773


¿Quién es el actor?

Carina Daniela Balmaceda

¿A quién se demanda?

Provincia ART S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Incapacidad por enfermedad profesional

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, ordenando el pago del adicional del 20% previsto en la ley 26.773 y estableciendo que el monto indemnizatorio se actualizará mediante el índice RIPTE desde la primera manifestación invalidante, y en caso de mora de la ART, se aplicará un interés equivalente a la tasa activa del Banco Nación. Asimismo, dejó sin efecto las regulaciones de honorarios y fijó nuevos montos. Los principales fundamentos fueron:
- La ley 26.773 establece expresamente el derecho al adicional del 20% sobre las indemnizaciones, por lo que corresponde hacerlo lugar.
- En cuanto a la actualización, si bien el mecanismo previsto en la ley 27.348 es insuficiente, el decreto 669/2019 que establece la actualización por RIPTE y posterior interés moratorio es más favorable para preservar el valor real del crédito, por lo que corresponde su aplicación.
- En relación a los honorarios, al modificarse sustancialmente la sentencia, corresponde fijar nuevos montos en forma originaria.

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