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PALMA, ALEXANDRA GEORGINA c/ PRISMA MEDIOS DE PAGO S.A. Y OTRO s/DESPIDO

La actora demandó por despido indirecto y obtuvo una sentencia favorable que confirmó la Cámara. La Cámara mantuvo la condena a las empresas demandadas de abonar indemnizaciones por el despido, con excepción de una reducción en la condena por el artículo 80 LCT.

Despido indirecto Indemnizacion agravada Solidaridad empresaria Maternidad Remuneraciones fuera de registro


¿Quién es el actor?

Alexandra Georgina Palma
- Demandadas: Prisma Medios de Pago S.A. y Atento Argentina S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Despido indirecto

¿Qué se resolvió?

Se confirma la sentencia que hizo lugar al despido indirecto y condenó a las empresas a abonar indemnizaciones, con la excepción de reducir la condena por el artículo 80 LCT solo a Atento Argentina S.A. Los fundamentos principales son:
- Se acreditó la solidaridad entre las empresas demandadas en los términos del art. 30 LCT, ya que la trabajadora realizaba tareas que integraban el servicio ofrecido por Prisma.
- Se probaron los pagos fuera de registro a la trabajadora mediante los testimonios concordantes de las testigos.
- La trabajadora tenía derecho a la indemnización agravada del art. 182 LCT por encontrarse en situación de embarazo.
- La actualización de los montos se hará por IPC y con una tasa de interés del 3% anual, a fin de no agravar la situación de las demandadas.

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