DUNDO OMAR FERNANDO c/ ISS FACILITY SERVICES SRL Y OTROS s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
Trabajador reclama por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modifica la sentencia y recalcula los intereses aplicables.
Accidente de trabajo
- Ley especial
¿Qué se resolvió?
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia en lo relativo a la tasa de interés aplicable. Dispuso que la compensación tarifada fijada en origen debe recalcularse desde la fecha de toma de conocimiento hasta el momento de la liquidación, aplicando la variación del índice RIPTE más un interés puro del 6% anual. Confirmó las regulaciones de honorarios. La jueza Graciela L. Craig consideró que correspondía aplicar las Actas de la CNAT N° 2783 y 2784 en materia de intereses, por ser más beneficiosas para el trabajador, pero que la CSJN descalificó dichas Actas en la causa "Lacuadra". Por ello, propuso adoptar el decreto 669/19, que establece el RIPTE más 6% de interés anual. El juez Carlos Pose, si bien considera que el decreto 669/19 carece de validez constitucional, adhirió a la solución propuesta por su colega por razones de economía procesal y unidad de la jurisprudencia.
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