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LUCERO, CLAUDIO DAMIAN c/ DANONE ARGENTINA S.A. Y OTROS s/DESPIDO

El actor demandó por diversos créditos laborales. La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y eximió de responsabilidad a una de las codemandadas.

Solidaridad Contratista Despido incausado Responsabilidad de principal Lct art 30

Cobro de créditos laborales por despido incausado

¿Qué se resolvió?

Se confirma la condena a Roberto Osvaldo López como empleador directo. Se extiende la condena en forma solidaria a Logística La Serenísima S.A. pero se exime de responsabilidad a Danone Argentina S.A.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Cámara desestimó los agravios del codemandado López por considerar que la relación laboral estaba probada, al haber despedido al actor sin causa.
- Respecto a Logística La Serenísima S.A., si bien la pericia contable informó que cumplió con sus obligaciones, la Cámara consideró que la información fue incompleta y que incumplió los requisitos del art. 30 LCT.
- En cuanto a Danone Argentina S.A., la Cámara entendió que su actividad es diferente a las otras codemandadas, por lo que corresponde eximirla de responsabilidad.

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