MOREYRA OLGA NOEMI c/ GALENO ART S.A. s/DESPIDO
La trabajadora demandó a la ART por enfermedad profesional generada por acoso laboral. La Cámara confirmó la sentencia que hizo lugar a la acción y condenó a la ART a pagar la indemnización correspondiente.
Indemnización por enfermedad profesional (RVAN de grado III) causada por acoso laboral.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la acción.
Fundamentos principales:
- La ART reconoció haber recibido la denuncia de la trabajadora y no la rechazó en los términos legales, por lo que debe responder por la contingencia cubierta por la LRT.
- La RVAN de grado III generada por factores laborales está contemplada en el listado de enfermedades profesionales del Decreto 658/96.
- Los intereses deben correr desde la fecha de la denuncia, pues la sentencia es meramente declarativa de un derecho preexistente.
- La aplicación de las tasas de interés de las Actas CNAT 2601, 2630 y 2658 con única capitalización es adecuada para recomponer el valor real del crédito.
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