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CLEMENTE TANCARA, ROBERTO ALEJANDRO c/ LA SEGUNDA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

El trabajador apeló la sentencia que admitió parcialmente su reclamo por incapacidad laboral. La Cámara Nacional de Apelaciones modificó la sentencia para adecuar la actualización e intereses del crédito.

Incapacidad laboral Accidente de trabajo Intereses moratorios Ley 27 348 Decreto 669 2019 Actualizacion por ripte

Incapacidad laboral

¿Qué se resolvió?

La Cámara Nacional de Apelaciones modificó la sentencia de primera instancia para: a) Disponer que la adecuación del crédito se efectúe mediante la actualización por el índice RIPTE desde la primera manifestación invalidante hasta la liquidación, y un interés equivalente a la tasa activa del Banco Nación a partir de la mora en el pago. b) Dejar sin efecto lo decidido sobre costas y honorarios, para determinarlos en forma originaria.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El régimen especial de la Ley 27.348 en materia de intereses es aplicable a este caso, por lo que no corresponde aplicar las Actas de la CNAT.
- El Decreto 669/2019 resulta más favorable para preservar el valor real de los créditos, por lo que procede su aplicación.
- El método de actualización propuesto en la Resolución 1039 contraría el texto y espíritu del Decreto 669/2019.

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