JARAMILLO, JOSE LUIS c/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El trabajador promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia de primera instancia, con modificaciones en el cálculo de intereses.
¿Quién es el actor?
JARAMILLO, JOSE LUIS
¿A quién se demanda?
FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Accidente de trabajo
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la pretensión, pero modificó el modo en que el capital nominal devengará intereses. Dispuso que el crédito devengue intereses desde la fecha del siniestro (06/11/2019) a la tasa activa cartera general nominal anual vencida a treinta (30) días del Banco de la Nación Argentina, hasta la fecha de notificación de la demanda (26/05/2021), momento en el cual se procederá a su acumulación al capital. El nuevo importe así obtenido, con los intereses capitalizados, continuará devengando accesorios a las tasas mencionadas, hasta el efectivo pago.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"De conformidad con la fecha de acaecimiento del accidente (06/11/2019), lo dispuesto en el artículo 770, inciso b), del CC y CN. y lo resuelto por esta Sala en la causa: "ROSALEZ, NANCY ISABEL c/ EXPERTA ART S.A. s/ RECURSO LEY 27348" (Expte. 38603/21, SD del 06/10/23), a cuyos fundamentos cabe remitirse en obsequio de la brevedad, por lo que propongo que el crédito objeto de condena devengue intereses desde la fecha del siniestro (06/11/2019), de conformidad con lo normado en la ley 27.348, a un interés equivalente al promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a treinta (30) días del Banco de la Nación Argentina."
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