GUILLEN, GONZALO ENRIQUE c/ MAPEI ARGENTINA S.A. s/DESPIDO
El actor promovió demanda por horas extras, indemnización por daño moral y multas. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo del Trabajo modificó la sentencia y redujo el monto de condena.
horas extras, daño moral, multas
¿Qué se resolvió?
Se modificó la sentencia de primera instancia, reduciendo el monto de condena. Se consideró que la empresa ejerció una presión indebida sobre el trabajador para que acepte la categoría de "encargado" y así excluirlo del convenio colectivo, lo cual afectó su esfera espiritual. Sin embargo, se eliminó la multa del art. 2 de la Ley 25.323 por considerar que la empresa pagó oportunamente las indemnizaciones de los arts. 232, 233 y 245 LCT.
Fundamentos relevantes:
- "De las declaraciones Vera, González y Blasco; no solo surge que el actor realizaba tareas en exceso del máximo legal permitido, sino también que fue víctima de una persecución por parte de la patronal a fin de que aceptase un cargo de mayor jerarquía, para excluirlo del Convenio Colectivo aplicable, cambiarlo a una prepaga que no aceptaba a su hija con discapacidad y poder despedirlo sin intervención o protección sindical."
- "El despido efectivizado en ese marco, bien pudo afectar la esfera espiritual del Sr. GUILLEN, como fue resuelto en primera instancia y aquí propongo confirmar."
- "La presión ejercida por la demandada para que el actor aceptase la designación como encargado y trabajase más tiempo sin percibir el pago de las horas extraordinarias, surge de las declaraciones testimoniales."
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