CASTANEDA, JULIO SANTIAGO c/ ASOCIART S.A. ART s/RECURSO LEY 27348
El actor promovió demanda por incapacidad laboral derivada de accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y reconoció una incapacidad psicofísica del 33,2% con nuevo cálculo del capital indemnizatorio.
Incapacidad laboral por accidente de trabajo y enfermedad profesional
¿Qué se resolvió?
Se modifica la sentencia de primera instancia, reconociendo una incapacidad psicofísica del 33,2% (16% física + 10% psicológica) y se reajusta el capital indemnizatorio. La Cámara consideró que el actor acreditó la existencia de una lesión cervical postraumática y un cuadro psicológico de Reacción Vivencial Anormal Neurótica grado II, que le genera una incapacidad adicional del 10% de la total obrera. Por ello, se eleva el porcentaje de incapacidad del 15,2% al 33,2% y se recalcula el capital de condena. Además, se modifica el IBM aplicando el índice RIPTE. Los intereses se fijan de acuerdo al art. 770 CCyC.
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