GARCIA RUIZ DIAZ, ROBERTO CARLOS c/ RAJUMA S.R.L. s/INDEMNIZACION ART. 212
El actor interpuso recurso de apelación contra la sentencia de primera instancia. La Cámara declaró mal concedidos los recursos de apelación por no superar el monto mínimo establecido por la ley.
INDEMNIZACIÓN ART. 212
¿Qué se resolvió?
La Cámara declara mal concedidos los recursos de apelación interpuestos por las partes. Confirma las costas y honorarios apelados. Impone las costas de alzada en el orden causado. Los jueces fundamentan que, según el art. 106 de la Ley Orgánica, serán inapelables las sentencias y resoluciones cuando el valor cuestionado en la alzada no exceda las 300 veces el derecho fijo previsto en la ley 23.187. En este caso, el monto de la sentencia apelada no supera dicho umbral mínimo, por lo que corresponde declarar mal concedidos los recursos.
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