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UCCELLO, ROBERTO ROLANDO (FALLECIO) Y OTRO c/ ENERGIA ARGENTINA S.A. (ANTES INTEGRACION ENERGETICA ARGENTINA S.A.) Y OTRO s/DESPIDO

El actor promovió demanda por despido contra su ex empleadora. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia y aplicó un interés del 3% anual sin capitalizar para la actualización de los créditos.

Intereses Equidad Responsabilidad solidaria Despido Actualizacion de creditos Principio de la ley mas benigna

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: UCCELLO, ROBERTO ROLANDO Y OTRO Demandado: ENERGIA ARGENTINA S.A. (ANTES INTEGRACION ENERGETICA ARGENTINA S.A.) Y OTRO Objeto de la demanda: Despido Decisión del tribunal:
- Se modifica parcialmente la sentencia de primera instancia.
- Se deja sin efecto la imposición de costas al actor por su reclamo contra la Facultad de Ciencias Económicas.
- Se reduce el interés puro fijado como accesorio del crédito actualizado a una tasa del 3% anual sin capitalizar.
- Previo a la publicación del IPC de diciembre de 2016, se aplicará el índice RIPTE para la actualización de los créditos.
- Se confirma el fallo de primera instancia en todo lo demás.
- Se imponen las costas de alzada por su orden.
- Se regulan los honorarios de alzada en el 30% de la suma regulada en la instancia previa. El tribunal señaló que el principio de la ley más benigna rige en el derecho penal pero no puede proyectarse sin cortapisas al derecho laboral, donde el Estado resolvió sancionar patrimonialmente el trabajo clandestino. Asimismo, consideró que no correspondía atribuir responsabilidad solidaria a la Facultad de Ciencias Económicas, pero que las costas debían imponerse por su orden para evitar una decisión injusta.

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